a).-El Curso se ajustará a lo dispuesto en la legislación
estatal que resulte de aplicación referida a las titulaciones deportivas.
b).-Igualmente se atenderá a lo regulado en los Estatutos
y en el Reglamento General de la
RFEF, y a las presentes Bases de Convocatoria, y documentos
anexos a la misma.
c).-Directivas que regulan la Convención de la UEFA sobre
titulaciones técnicas y el programa de educación de entrenadores de la UEFA.
La completa superación de este
Curso otorgará el derecho a la obtención del Diploma de Entrenador Básico de Fútbol / Fútbol Sala.
De acuerdo con lo dispuesto en el vigente Reglamento General de la RFEF,
estar en posesión del Diploma Federativo de ENTRENADOR BÁSICO DE FÚTBOL faculta
al interesado para entrenar equipos de las categorías juveniles e inferiores de
ámbito territorial de Fútbol.
Así mismo, y en
virtud del Convenio suscrito entre UEFA y la RFEF, (Convención de la UEFA sobre titulaciones técnicas de 2015), los entrenadores procedentes de los Cursos Federativos de Entrenador
BÁSICO DE FÚTBOL tienen reconocida su equivalencia con la Licencia UEFA “B”, a efectos
laborales en cualquier país afiliado a dicho Convenio siempre que cumplan los
siguientes requisitos:
OBTENCIÓN DE LA LICENCIA
UEFA “B”
1.- ESTAR EN POSESIÓN
DEL DIPLOMA FEDERATIVO DE ENTRENADOR BÁSICO DE
FÚTBOL.
2.- CERTIFICACIÓN DEL
COMITÉ DE ENTRENADORES CORRESPONDIENTE DE HABER SIDO TITULAR DE UNA LICENCIA
FEDERATIVA DE ENTRENADOR AL MENOS DURANTE UNA TEMPORADA (CONSIDERANDO COMO
TEMPORADA HABER DIRIGIDODE FORMA ININTERRUMPIDA LA TOTALIDAD DE LOS PARTIDOS
OFICIALES), DESPUÉS DE LA OBTENCIÓN DEL DIPLOMA FEDERATIVO DE ENTRENADOR BÁSICO
DE FÚTBOL.
3.- PETICIÓN DE LA
FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE DEL PAÍS AFILIADO A UEFA SOBRE LA VALIDEZ DE SU
LICENCIA.
4.- OFERTA DEL PUESTO DE TRABAJO.
5.- ABONO DE 100 EUROS PARA LA EXPEDICIÓN DE
LA LICENCIA.
MUY
IMPORTANTE
UNA VEZ OBTENIDA LA CITADA LICENCIA CON UNA
VALIDEZ DE TRES AÑOS, EL ENTRENADOR TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE RENOVARLA ÚNICA
Y EXCLUSIVAMENTE EN LOS CURSOS DE FORMACIÓN CONTÍNUA QUE PUNTUALMENTE
ANUNCIARÁ LA ESCUELA NACIONAL DE ENTRENADORES
CON UNA PERIODICIDAD TRIANUAL.
LOS CURSOS TENDRÁN UNA DURACIÓN DE 15 HORAS
EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONVENCIÓN UEFA DE
2015.
EN EL CASO DE QUE NO SEA RENOVADA LA
LICENCIA, ESTA QUEDARÁ SIN EFECTO.
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