RÉGIMEN JURÍDICO



a).-El Curso se ajustará a lo dispuesto en la legislación estatal que resulte de aplicación referida a las titulaciones deportivas.

b).-Igualmente se atenderá a lo regulado en los Estatutos y en el Reglamento General de la RFEF, y a las presentes Bases de Convocatoria, y documentos anexos a la misma.

c).-Directivas que regulan la Convención de la UEFA sobre titulaciones técnicas y el programa de educación de entrenadores de la UEFA.



La completa superación de este Curso otorgará el derecho a la obtención del Diploma de Entrenador Básico de Fútbol / Fútbol Sala.



De acuerdo con lo dispuesto en el vigente Reglamento General de la RFEF, estar en posesión del Diploma Federativo de ENTRENADOR BÁSICO DE FÚTBOL faculta al interesado para entrenar equipos de las categorías juveniles e inferiores de ámbito territorial de Fútbol.




Así mismo, y en virtud del Convenio suscrito entre UEFA y la RFEF, (Convención de la UEFA sobre titulaciones técnicas de 2015), los entrenadores procedentes de los Cursos Federativos de Entrenador BÁSICO DE FÚTBOL tienen reconocida su equivalencia con la Licencia UEFA “B”, a efectos laborales en cualquier país afiliado a dicho Convenio siempre que cumplan los siguientes requisitos:




OBTENCIÓN DE LA LICENCIA UEFA “B”



1.- ESTAR EN POSESIÓN DEL DIPLOMA FEDERATIVO DE ENTRENADOR BÁSICO DE  FÚTBOL.




2.- CERTIFICACIÓN DEL COMITÉ DE ENTRENADORES CORRESPONDIENTE DE HABER SIDO TITULAR DE UNA LICENCIA FEDERATIVA DE ENTRENADOR AL MENOS DURANTE UNA TEMPORADA (CONSIDERANDO COMO TEMPORADA HABER DIRIGIDODE FORMA ININTERRUMPIDA LA TOTALIDAD DE LOS PARTIDOS OFICIALES), DESPUÉS DE LA OBTENCIÓN DEL DIPLOMA FEDERATIVO DE ENTRENADOR BÁSICO DE FÚTBOL.




3.- PETICIÓN DE LA FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE DEL PAÍS AFILIADO A UEFA SOBRE LA VALIDEZ DE SU LICENCIA.




4.- OFERTA DEL PUESTO DE TRABAJO.




5.- ABONO DE 100 EUROS PARA LA EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA.




MUY IMPORTANTE



UNA VEZ OBTENIDA LA CITADA LICENCIA CON UNA VALIDEZ DE TRES AÑOS, EL ENTRENADOR TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE RENOVARLA ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE EN LOS CURSOS DE FORMACIÓN CONTÍNUA QUE PUNTUALMENTE ANUNCIARÁ LA ESCUELA NACIONAL DE ENTRENADORES  CON UNA PERIODICIDAD TRIANUAL.




LOS CURSOS TENDRÁN UNA DURACIÓN DE 15 HORAS EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONVENCIÓN UEFA DE 2015.




EN EL CASO DE QUE NO SEA RENOVADA LA LICENCIA, ESTA QUEDARÁ SIN EFECTO.

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